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Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico

Colegio de Administración de Empresas

Recinto de Ponce

Oficina AE-316

Lunes y Miércoles 4:00p.m. a 7:00p.m.

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Cooperativa Caribe Federal Credit Union

Avenida Hostos 1233 

Ponce, PR 

Sábados 9:00a.m. a 1:00p.m. 

 

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787 841-2000 ext.2567,2512

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  • Identificación con foto de usted y su cónyuge.*

  • Tarjeta de seguro social de usted, su cónyuge y sus dependientes.*

  • Comprobantes de salarios W-2, W-2G, 1099-R.

  • Declaraciones de intereses y dividendos.

  • Cualquier otro documento fiscal que usted haya recibido.

  • Fecha de nacimiento suya, de su cónyuge y los dependientes que figuran en la declaración de impuestos federal.

  • En algunos casos requerimos copia de planilla federal y estatal del año anterior.

  • Si desea depósito directo, debe traer número de tránsito bancario y número de cuenta.

  • Los empleados federales  deben radicar primero la planilla estatal y traer copia de la misma.

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*En caso de casados deberán estar presente ambos cónyuges.

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VITA (Volunteer Income Tax Assistance) es un programa de asistencia patrocinado por el Servicio de Rentas Internas Federal (IRS, por sus siglas en Inglés), con el propósito de ayudar a los trabajadores de ingresos bajos o moderados a preparar y someter electrónicamente sus declaraciones de impuestos gratis. El programa VITA le provee que todo contribuyente el beneficio de acogerse a todos los créditos a los que tiene derecho.

NOTICIAS RECIENTES
¿Quienes deben radicar?

No todo puertorriqueño se ve obligado a radicar un informe sobre ingresos a nivel federal. Sin embargo hay quines sí tienen la obligación y el deber de hacerlo. A continuación una lista de quienes son estas personas que deben radicar su planilla federal:

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  • Todo empleado federal.

  • Toda persona que reciba ingresos de intereses y dividendos de fuera de PR.

  • Todo aquel que reciba seguro social.*

  • Toda persona que trabaja por cuenta propia.**

  • Todo aquel que reciba ingresos que no sean de PR. 

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*Si su ingreso por seguro social excede $25,000 en el caso de contribuyentes solteros, o los          $32,000 en el caso de casados. 

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** Si sus ganancias exceden los $400. 

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