¿Quienes somos?
¿Qué debo llevar a al Centro VITA PUCPR?
VISÍTANOS
Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico
Colegio de Administración de Empresas
Recinto de Ponce
Oficina AE-316
Lunes y Miércoles 4:00p.m. a 7:00p.m.
Cooperativa Caribe Federal Credit Union
Avenida Hostos 1233
Ponce, PR
Sábados 9:00a.m. a 1:00p.m.
CITAS:
787 841-2000 ext.2567,2512
ESCRÍBENOS
SÍGUENOS:
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Identificación con foto de usted y su cónyuge.*
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Tarjeta de seguro social de usted, su cónyuge y sus dependientes.*
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Comprobantes de salarios W-2, W-2G, 1099-R.
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Declaraciones de intereses y dividendos.
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Cualquier otro documento fiscal que usted haya recibido.
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Fecha de nacimiento suya, de su cónyuge y los dependientes que figuran en la declaración de impuestos federal.
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En algunos casos requerimos copia de planilla federal y estatal del año anterior.
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Si desea depósito directo, debe traer número de tránsito bancario y número de cuenta.
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Los empleados federales deben radicar primero la planilla estatal y traer copia de la misma.
*En caso de casados deberán estar presente ambos cónyuges.
VITA (Volunteer Income Tax Assistance) es un programa de asistencia patrocinado por el Servicio de Rentas Internas Federal (IRS, por sus siglas en Inglés), con el propósito de ayudar a los trabajadores de ingresos bajos o moderados a preparar y someter electrónicamente sus declaraciones de impuestos gratis. El programa VITA le provee que todo contribuyente el beneficio de acogerse a todos los créditos a los que tiene derecho.
NOTICIAS RECIENTES
¿Quienes deben radicar?
No todo puertorriqueño se ve obligado a radicar un informe sobre ingresos a nivel federal. Sin embargo hay quines sí tienen la obligación y el deber de hacerlo. A continuación una lista de quienes son estas personas que deben radicar su planilla federal:
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Todo empleado federal.
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Toda persona que reciba ingresos de intereses y dividendos de fuera de PR.
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Todo aquel que reciba seguro social.*
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Toda persona que trabaja por cuenta propia.**
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Todo aquel que reciba ingresos que no sean de PR.
*Si su ingreso por seguro social excede $25,000 en el caso de contribuyentes solteros, o los $32,000 en el caso de casados.
** Si sus ganancias exceden los $400.